Libro Malvinas 1982, Como y Porque

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Descripción

Prólogo

Esta obra ha tenido dos grandes “motores”: la curiosidad y la indignación.
La curiosidad nació en el año 1983, cuando comencé a trabajar en el tema

del conflicto bélico con el teniente general Galtieri.
Leí y estudié absolutamente toda la documentación sobre los acontecimientos.

Ni una palabra ni un testimonio ni un documento me decían que el gobierno argentino de ese entonces pensaba desembarcar en Malvinas en abril de 1982. No quedó, entonces, más remedio que indagar del lado británico.

Y ¡vaya la sorpresa! No sólo los motivos e intereses, sino los hechos que se iban concatenando uno por uno, en una relación armónica perfecta que desembocaría en el conflicto de hace doce años.

Ese primer trabajo fue esbozado en 1985 y a medida que fue pasando el tiempo, fue completado mediante el conocimiento de hechos que no hicieron más que ir confirmando el trabajo inicial.

Desde este punto de vista, los mejores abogados que ha tenido el teniente general Galtieri han sido los propios británicos. Finalmente, parte de todo esto fue expuesto ante la Cámara Federal de la Capital Federal, en el año 1988.

La indignación ha sido el otro “motor”.
No sólo motivada por las circunstancias históricas, que producen “bronca”

al saber que ellos están en posesión de nuestro sueño reclamado, al cual son, indudablemente, ajenos. También está motivada por lo que hemos hecho con la honra de tres hombres que se vieron en una coyuntura histórica no buscada y no tuvieron más remedio que afrontarla.

Con dignidad, con patriotismo.

No se han merecido ni se merecen, por cierto, el deshonor en que se los quiso sumergir.

Malvinas/82 es un dolor profundo.
Como diría el poeta, “en la garganta, en el corazón, en la memoria”. Pero es

también Única Bandera. Así como nos dejó un Ejército Nacional, así como nos dejó héroes que caminan entre nosotros, nos ha dejado también un Espíritu que hoy se halla —lamentablemente— disperso.

Quiera Dios que este trabajo llegue a cada argentino a través de su razón para comprender verdaderamente qué pasó. Y quiera Dios también que, una vez comprendidos los hechos, ese argentino recoja la escarapela que se había puesto el 2 de Abril y sacado el 14 de Junio y la vuelva a prender en su pecho, porque es allí donde debe estar.

Ahora que todos han hablado.
Ahora que parece que todo está dicho. Ahora que ellos están tranquilos.

Ahora que parece que nada hay por agregar.
Ahora que el triunfo parece ser absoluto.
Ahora que han logrado que la vergüenza, la pena y el olvido nos inunden. Ahora, en este preciso momento, doce años después.
Ahora, es el tiempo de la Verdad.

Introducción

La tarea principal que se desarrollará en este trabajo consiste en explicar, después de doce años de ocurridos, los hechos que desembocan en el conflicto bélico de 1982.

El estallido de dicho conflicto bélico entre la República Argentina y Gran Bretaña obedece a causas, motivos e intereses totalmente distintos de los que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal han recogido como elementos de cargo para sentenciar a los miembros de la Junta Militar: teniente general

(RE) Leopoldo Fortunato Galtieri, almirante (RE) Jorge Isaac Anaya y brigadier general (RE) Basilio Arturo Ignacio Lami Dozo.

Veremos que el conflicto con Gran Bretaña no tiene nada que ver con las intenciones de estos hombres a principios de 1982. Veremos que el conflicto con Gran Bretaña no fue buscado ni desatado por la República Argentina. Veremos que el desembarco en las islas Malvinas el 2 de Abril de 1982 fue un acto de defensa. Veremos que la historia de los hechos desde principios de 1982, se interrumpe con el incidente ocurrido en las islas Georgias del Sur, y desde allí en adelante empieza otra historia.

Veremos, en síntesis, que la sentencia aplicada, primero por el Tribunal Militar y luego por el Tribunal de Segunda Instancia, a Galtieri, Anaya y Lami Dozo, no ha profundizado el estudio de hechos que son fundamentales para analizar lo ocurrido en 1982.

Ha sido errónea la apreciación fáctica sobre la cual se han dado los cargos por probados. Ha sido errónea la concatenación supuestamente lógica de las circunstancias. No se ha aplicado un riguroso y razonado encadenamiento de los acontecimientos; se han dado por probados hechos en forma parcial y aislada; no se han tenido en cuenta antecedentes y consecuencias. Y además, se han tomado fuera de contexto; es decir, se han dado por probados hechos constitutivos de cargos, sin haberlos explicado en el conjunto de circunstancias en los que se produjeron.

Además de la convicción que todos los hechos que se han juzgado integran una decisión política y que por ende no son susceptibles de justiciabilidad, tal como lo expuso ante la Cámara Federal el prestigioso penalista Dr. Luis Berkman, corresponde analizar los acontecimientos que dieron lugar al juzgamiento de los miembros de la Junta Militar. El Tribunal Militar, en su sentencia, expresó que la decisión de ocupar las islas, o sea, el desembarco en Malvinas el  de Abril, es un “acto de gobierno” o “político”, no sometido al contralor jurisdiccional, pero sí son juzgables los “actos preparatorios de la decisión política de ocupar las islas” y los “posteriores de ejecución de la decisión”.

Todo el razonamiento efectuado a este respecto ha sido equivocado. Sen- cillamente, no existieron actos preparatorios en función de la decisión política de desembarcar en Malvinas el 2 de Abril de 1982. En cuanto a los “actos de ejecución de la decisión”, ellos son ni más ni menos que producto de un estado de necesidad y de legítima defensa, a consecuencia de la agresión de Gran Bretaña en Marzo–Abril de 1982, argumentación que fue desestimada por el Tribunal Militar.

El Sr. Fiscal General de las Fuerzas Armadas, oportunamente, al presentar su requisitoria (Cuerpo 30, foja 3557 del proceso), en su “Exposición general de los hechos”, puntos 1, 2, 3, 5, y 12, reconoce la agresión británica y reconoce el haberse librado una guerra defensiva; esta afirmación no es profundizada, no se indaga la apoyatura fáctica y, por ende, queda agotada en sí misma.

Por otra parte, el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, en su sentencia, Considerando No 39 (Cuerpo 45, foja 9764), expresa: “…no cabe esgrimir un supuesto de legítima defensa frente a una agresión dada por una amenaza no concretada, carente de entidad frente a los intereses en juego”. Frente a estas afirmaciones en apariencia tan contundentes, pero que en realidad no se corresponden con lo realmente acontecido, resulta entonces imprescindible enmarcar los hechos correctamente dentro de la secuencia en que los mismos se produjeron, para entonces sí interpretarlos considerando sus causas, los antecedentes y las consecuencias.

¿Cuál es, entonces, la línea general de razonamiento que se ha utilizado con respecto a los hechos de 1982? Es ésta:

1ro El teniente general Galtieri, junto con sus camaradas de la Armada y de la Fuerza Aérea, planificó —a partir de las primeras semanas de 1982— una operación militar que permitiera a la República Argentina recuperar los territorios insulares del Atlántico Sur.

Esa planificación fue llevada a cabo, en la práctica, el 2 de Abril de 1982. No se planificó el “después” de la toma de las islas, es decir, la defensa de las mismas, a consecuencia de no haberse previsto la reacción militar británica.

2do Con motivo del incidente ocurrido en el mes de Marzo de 1982 en las islas Georgias del Sur (incidente que no está claro para muchos, a punto tal que se lo llega a confundir con una acción argentina —la “Operación Alfa”—, que hubiera podido servir como justificativo para desembarcar en Malvinas), se aprovechó la oportunidad y se ejecutó lo ya planificado el 2 de Abril.

3ro A consecuencia de dicha operación y habiéndose producido una reacción militar británica de magnitud, no prevista por la Junta Militar, y debido a la conducta negligente e imprevisora de sus miembros, se produce el conflicto bélico que culmina con la caída de Puerto Argentino el 14 de Junio de 1982.

Esto es, en apretada síntesis, el razonamiento general que subyace en la investi- gación llevada a cabo por la vulgarmente conocida como “Comisión Rattenbach”. Vale decir, la intencionalidad en la conducta de los tres ex comandantes, distri- buida así:

la planificación: “actos preparatorios”, viij

el desembarco: “decisión política”,

los hechos militares posteriores: “actos de ejecución”.

Esta estructura de razonamiento, este preconcepto está presente en la investiga- ción preliminar que efectúa la “Comisión Rattenbach” (C.A.E.R.C.A.S.), está presente en los interrogatorios que efectúa el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, en la formulación de las cuestiones de hecho y en la sentencia; también, por qué no mencionarlo, es la versión admitida por la opinión pública acerca de los hechos.

Todo este razonamiento, desde el principio hasta la sentencia de la Cámara Federal, es equivocado. La Historia es otra.

Quizás hasta cabría mencionar aquí los versos de una canción popular argen- tina —y que pueden aplicarse al informe oficial británico sobre el conflicto—, que expresan: “Si la Historia la escriben los que vencen, eso quiere decir que hay otra Historia”. La tarea, entonces, es narrar esa otra Historia —la verdadera—, sobre pruebas y constancias agregadas en su momento al proceso, y no tenidas en cuenta en su oportunidad (como el Informe de los ex comandantes en jefe), o cuya agregación se solicitó y no fue concedida por el Tribunal Militar (como el denominado Informe Franks).

La narración será abarcada a base de los siguientes presupuestos:

1ro La planificación que se ordenó hacia fines de 1982 y principios de 1982 no tenía fecha prevista de ejecución; mucho menos en lo inmediato; mucho menos con miras al 2 de Abril de 1982. Con esto se destruirá el concepto de los denominados —por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas— “actos preparatorios”.

2do El incidente Georgias, en Marzo de 1982, fue el “detonante” de la situación. Este incidente no fue provocado por la República Argentina y no es la puesta en ejecución de la “Operación Alfa”. Este incidente fue el comienzo de otra Historia, desde el momento que, magnificado por Gran Bretaña, se lo utilizó para justificar la agresión. Creó, además, un estado de necesidad y de legítima defensa para la República Argentina.

3ro No hay tal “reacción” británica de magnitud. Hay una acción de agresión británica planeada desde mucho tiempo atrás. Desde este punto de vista, desarrollaremos cómo Gran Bretaña lleva los acontecimientos hacia un enfrentamiento bélico en el Atlántico Sur y por qué lo hace (lo que nos llevará a estudiar los intereses y los motivos británicos).

Todo esto con las citas de hechos anteriores a 1982 y en algunos casos posteriores, que nos permitirán desenmarañar la verdad y explicar algunos acontecimientos cuyo alcance —en el momento de producidos– no se llegó a vislumbrar. El desarrollo de este tercer punto permitirá entender por qué el desembarco argentino en Malvinas el 2 de Abril de 1982 fue un acto defensivo y por qué los sucesos posteriores se hallan justificados en un contexto de estado de necesidad y de legítima defensa.

Daremos entonces comienzo a la tarea, desarrollando punto por punto.